Una vez el aspirante haya presentado sus documentos y fueran aprobados por el Consejo Nacional de Medicina Veterinaria, éste comunicará al Consejo Técnico de Salud, para que expida la constancia de que ha sido aprobado y, basado en la facultad que le concede el capitulo tres (3) del Código Sanitario, determinará si es idóneo para el libre ejercicio en el Territorio Nacional.